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| Decanos, secretarios generales, gerentes y otras autoridades universitarias tampoco serán ‘ilustrísimos’ | |
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Los rectores dejan de ser ‘excelentísimos’ y seguirán siendo ‘magníficos’ |
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- La nueva Ley de Universidades aprobada por las Cortes Generales establece el tratamiento de ‘Señor’ o ‘Señora’ para todos los cargos universitarios |
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[10 de abril de 2007] |
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La nueva Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de 2001, aprobada de forma definitiva por el Pleno del Congreso de los Diputados celebrado el pasado 29 de marzo y que aparece publicada en el Boletín Oficial de este órgano parlamentario con fecha de 4 de abril, establece el tratamiento de Señor y Señora para todos los cargos universitarios, a excepción del Rector a quien le conserva el título de Magnífico o Magnífica. La disposición adicional decimotercera, titulada genéricamente tratamientos, dice textualmente lo siguiente: “Las autoridades universitarias recibirán el tratamiento de Señor o Señora, seguido de la denominación del cargo. Los rectores de las universidades recibirán, además, el tratamiento académico de Rector Magnífico o Rectora Magnífica”. Esta Ley aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, pero ya ha pasado todos sus trámites parlamentarios, con la aprobación por el Congreso y el Senado. Con esta disposición, desde el punto de vista de la norma, se pone fin al tratamiento de Excelentísimo para los rectores y vicerrectores, así como de Ilustrísimo para los decanos, secretarios generales, gerentes y otras autoridades de la comunidad universitaria. |
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