PRE�MBULO
(Exposici�n de
motivos)
El ejercicio profesional del Protocolo
es una de las m�s antiguas actividades de la humanidad, ya que en los
albores de la sociedad organizada, los ritos, los h�bitos, las costumbres,
los usos sociales y las normas de conducta aparecen tempranamente. Antes
de la promulgaci�n de los primeros c�digos jur�dicos que organizaban la
vida de los hombres y tasaban los efectos de vulnerarnos, antes incluso de
que aparezca el concepto de norma moral, desprendida de las primeras
creencias religiosas, cualquier agrupaci�n social se fue dotando de reglas
de organizaci�n, conducta y comportamiento pr�ctico.
En estas primeras reglas encontramos
el camino del sentido de lo correcto a lo largo de la historia. No en
vano, en nuestros d�as, las normas de protocolo responden al triple
planteamiento de costumbres y usos sociales (normas sociales), reglas
jur�dicas (normas jur�dicas) y normas �ticas o modos correctos de hacer
las cosas, conforme el com�n consenso de la llamada moral social
El concepto de profesi�n en sus
or�genes posee una importante reminiscencia religiosa: la idea de misi�n
encomendada por Dios, seg�n la cual el hombre ha de seguir su llamada
(vocaci�n) en las tareas espec�ficas de su circunstancia laboral,
impregn�ndola de un fuerte car�cter moral.
Las profesiones deben entenderse como
una particular manera de ser y de actuar, como un ethos moral, al
que, desde los c�digos profesionales, cabe exigirle determinados
comportamientos, que a su vez han de convertirse en h�bitos que, a la
larga, se conviertan en los actitudes habituales y significativas de una
profesi�n. En este sentido, el c�digo de deontolog�a ensena la manera
�tica de ejercer una profesi�n de manera ordinaria o cotidiana.
El modo deontol�gico de ejercer una
profesi�n lo determinan el conjunto de las normas �ticas objetivas de cada
colectividad profesional, independientemente del grado de positivizaci�n a
que hayan llegado, bien sean normas de rango legal estatutario de las
organizaciones profesionales; normas convencionales, incorporadas o no a
los convenios, o meros principios, aceptados com�nmente. En sentido
estricto, las normas deontol�gicas se reducen a una serie de
disposiciones, de menor grado de positivizaci�n, no sancionadas por el
Estado.
Normas deontol�gicas son el conjunto
de reglas que regulan el comportamiento �tico de unos profesionales,
quienes para serlo y por serlo han de asumirlas y respetarlas.
Es su propia conciencia, ante todo, y
en su caso, los �rganos colegiados, dotados de dispositivos adecuados, los
medios de respuesta para definir y precisar los comportamientos �ticos,
conforme al C�digo Deontol�gico de cada profesi�n.
No obstante, conviene precisar que las
sociedades democr�ticas no admiten f�rmulas del pasado como tribunales de
honor ni �rganos dotados de capacidad sancionadora en este �mbito, donde
la propia conciencia y el reconociendo social del desenvolviendo �tico del
profesional han de garantizar la efectividad de las normas deontol�gicas y
el correcto proceder profesional o Lex Artis.
En ese �mbito profesional los
principios �ticos adquieren especial relevancia. La aceptaci�n de
postulados de �tica general, persiguen unos objetivos m�s concretos y
limitados: el establecimiento de normas y pautas de conducta profesional
que tiendan a garantizar una actuaci�n honesta en inter�s de quienes
demandan los servicios profesionales y de la propia colectividad o
corporaci�n profesional.
La deontolog�a es esencialmente la
teor�a del deber.
El concepto de deontolog�a profesional
se remite a principios �ticos asumidos expl�citamente por una profesi�n
determinada (tradicionalmente de car�cter liberal y rango universitario).
Dichos principios, formulados a modo de normas o leyes intraprofesionales
o agrupados en c�digos deontol�gicos, constituyen los deberes que
ha de observar cada profesional en el ejercicio de su profesi�n.
La deontolog�a profesional ha acabado
por desarrollar su �mbito propio que, sin inscribirse estrictamente en el
�mbito de las ciencias jur�dicas, ha de tener en cuenta, ante todo, la
inspiraci�n �tica que la fundamenta y formularse positivamente para
conseguir resultados pr�cticos, que es, en definitiva, lo que persigue. El
prestigio y la autoridad que suele unirse al ejercicio de una profesi�n
liberal supone en el interesado la presencia de dos condiciones: una
competencia t�cnica reconocida y una moral indiscutible.
La deontolog�a profesional se nutre de
las costumbres y buenos usos tradicionales de una profesi�n, de la
jurisprudencia de los tribunales, del ambiente moral de la sociedad y de
las propias exigencias de �sta.
I. PRINCIPIOS
Y REGLAS DE CONDUCTA
1.
El profesional del Protocolo asume como valores fundamentales de su
actividad los principios de la Carta de las Naciones Unidas, la
Declaraci�n Universal de los Derechos Humanos y los pactos, acuerdos,
protocolos, convenios, c�digos de �tica y el conjunto del sistema de
valores que, a partir de aqu�llos definen y rigen la sociedad
internacional.
2.
El profesional del Protocolo asume como valores preferentes los que
constituyan los fundamentos del ordenamiento constitucional de la sociedad
donde desenvuelva su labor, siempre en sinton�a con los principios de las
Naciones Unidas y la sociedad internacional.
3.
El profesional del Protocolo entiende que su actividad debe
contribuir al mejor conocimiento de los hombres y las culturas, al
desarrollo de la sociedad moderna, a partir del respeto por la cultura y
las particularidades de todos los pueblos, que han de ser tenidos en
cuenta siempre en sinton�a con los anteriores principios arriba
expresados.
4.
En este sentido, tendr� especial sensibilidad para combinar los
requisitos, usos, costumbres y modos de hacer de las diversas culturas,
evitando todo tipo de colisiones entre las manifestaciones externas de
aqu�llas.
5.
El profesional del Protocolo entiende su actividad como una forma
vigorosa de comunicaci�n en orden a obtener la calidad y la excelencia
m�xima en la organizaci�n, desarrollo y ejecuci�n de las actividades de la
sociedad moderna.
6.
El profesional del Protocolo asume, pues, los principios de la
tolerancia, el respeto y la convivencia entre culturas, no obstante
destacando siempre el respeto a los Derechos Humanos y los principios
contenidos en la Carta de las Naciones Unidas.
7.
El profesional del Protocolo respetar� escrupulosamente las normas
de car�cter jur�dico que le afecten en el desarrollo de su actividad;
compaginar� los usos y las costumbres de las diversas comunidades con las
exigencias de aqu�llas o la conveniencia de cada caso, y se atendr� a las
pautas sociales que est�n vigentes en la sociedad donde se desenvuelva, si
bien, tendr� en cuenta el car�cter laico de la sociedad moderna, en el
�mbito civil, sin olvidar el respeto a todas las creencias religiosas.
8.
En caso de conflicto, el profesional del protocolo debe evaluar el
alcance de sus actos conforme la prevalencia de los valores a preservar,
de acuerdo con este c�digo. No obstante, nunca tratar� de imponer sus
criterios sino de exponerlos para convencer y debatir, dot�ndose siempre
de los medios adecuados para esta tarea.
9.
El Protocolo no es una ciencia exacta, sino una herramienta de la
sociedad para el mejor ordenamiento de sus propias actividades p�blicas en
los �mbitos oficiales, profesionales, corporativos, empresariales,
institucionales y privados. En consecuencia, el profesional de protocolo,
salvados siempre los irrenunciables principios que informan este c�digo,
actuar� con tacto, delicadeza, inteligencia y sentido de la medida, a la
hora de solventar situaciones controvertidas.
10.
A�n en caso de conflicto, no perder� la calma. La palabra y el
ejemplo, la paciencia, la tolerancia, la comprensi�n y el respeto al
discrepante ser�n sus mejores medios de convicci�n.
II. LEX ARTIS
(PRINCIPIOS DE ACTUACI�N)
11.
El profesional del Protocolo nunca utilizar� en beneficio propio
aquellas relaciones que trajeran causa de su actividad profesional ni
tratar� de obtener beneficio propio de cualquier otra circunstancia
relacionada con su trabajo, contactos o relaciones.
12.
El profesional de Protocolo actuar� siempre con lealtad a las
entidades u organizaciones a las que sirva o requieran sus servicios.
13.
El profesional del Protocolo mantendr� siempre una actitud abierta,
cooperadora, no dogm�tica y dispuesta al di�logo con sus colegas,
especialmente en los casos de confluencia de organizaciones en un evento,
que exija actuaciones y toma de decisiones colegiadas, por consenso o
convicci�n.
14.
El profesional del Protocolo ser� leal con sus colegas y se avendr�
a f�rmulas transaccionales, de di�logo, pacto y diplomacia cuando la
ocasi�n o la controversia surgida lo requieran.
15.
El profesional de Protocolo se conducir� siempre con honestidad,
sabr� guardar la confidencialidad exigida por su actividad y emplear�
siempre m�todos dignos en orden a obtener sus objetivos.
16.
La actividad del Profesional del Protocolo deber� estar guiada
siempre por el respeto a la dignidad del hombre y de todos los ciudadanos,
con independencia de su raza, nacionalidad, sexo, cultura, religi�n, nivel
econ�mico o situaci�n personal.
17.
El profesional del Protocolo entender� que su actividad no es un
fin en s� mismo, sino una ciencia al servicio de la comunicaci�n humana,
las relaciones sociales y el perfeccionamiento de la sociedad.
18.
El comportamiento del profesional de Protocolo debe ajustarse, en
todas las circunstancias a merecer la confianza de aquellos con quienes se
encuentre en contacto. Se somete, por tanto, al principio del secreto
profesional. Nunca podr� utilizar en beneficio propio la informaci�n
confidencial que, llegado el caso, pudiera llegar a poseer.
19.
Debe respetar sus compromisos, acuerdos y la palabra dada. Su
actuaci�n no debe crear nunca confusiones y, llegado el caso de producirse
alguna, deber� rectificar con rapidez y eficacia.
20.
La actividad del profesional del Protocolo debe realizarse
abiertamente y ser en todo momento identificable. No obstante, su papel es
de absoluta discreci�n sin que le corresponda protagonismo alguno en los
eventos en los que participe o colabore.
21.
El profesional del Protocolo no podr� aceptar otra remuneraci�n,
favores, regal�as, compensaciones o vi�ticos por su trabajo que aqu�llas
que correspondan a la contraprestaci�n (salario u honorarios) previamente
pactados por sus servicios.
22.
Cualquier actuaci�n que contraviniere lo contenido en este c�digo
deber�a ser inmediatamente abandonada. En este sentido, debe negarse a
realizar cualquier pr�ctica que atente contra estos principios o los del
conjunto de la profesi�n.
23.
El profesional del Protocolo debe actuar con especial
responsabilidad y rigor en el caso situaciones que puedan suponer
discriminaciones por razones de sexo, raza, creencia o extracci�n social
y cultural.
III.
CONSIDERACIONES FINALES
24.
En toda circunstancia y lugar, el profesional del Protocolo actuar�
siempre con la ponderaci�n, el equilibrio y la decencia de un caballero o
una dama. Tratar� de convencer antes que de imponer.
25.
En cualquier situaci�n de controversia o choque de criterios con
otros colegas, sin perder la perspectiva general del acto o evento a
organizar, estar� abierto a la negociaci�n, el pacto, la transacci�n y la
tolerancia.
26.
A partir del permanente respeto a todas las culturas, el
profesional del Protocolo considerar� infranqueables los l�mites de la
dignidad humana que emanan de la Declaraci�n Universal de Derechos
Humanos.
27.
Toda decisi�n o propuesta que adopte o formule ser� siempre fruto
del conocimiento, la reflexi�n y deber� ser adecuadamente fundamentada y
documentada.
28.
El profesional del Protocolo asumir� el deber de la formaci�n
permanente y la actualizaci�n de sus conocimientos como exigencia de su
actividad. Asimismo, se dotar� en cada ocasi�n de los medios de apoyo,
documentaci�n y consulta que sus actuaciones requieran, que ser�n al mismo
tiempo medios de refuerzo y convicci�n ante situaciones controvertidas.
29.
El profesional del Protocolo renuncia a todo protagonismo y su
presencia deber� notarse, pero no advertirse en todos los eventos que
organice, dirija, asesore o controle.
30.
La conducta �tica, conforme a la pauta y el sistema de valores que
conforman la convivencia en la sociedad civilizada, deber� constituir en
si misma la mejor recompensa para el profesional del Protocolo que la
asuma como base de su proceder cotidiano. No esperar�, pues, otro
reconocimiento, otro favor, otro agradecimiento que el saber que hace las
cosas como deben ser hechas.