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El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de Espa�a crea los Premios Nacionales del Voluntariado |
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- El objetivo de estos galardones es reconocer el esfuerzo de personas f�sicas o jur�dicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoci�n del voluntariado social, o en la ejecuci�n de actividades o programas sociales a favor de los colectivos desfavorecidos, a trav�s del ejercicio o gesti�n del voluntariado |
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[4 de octubre de 2007] |
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El Gobierno de Espa�a, a trav�s del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha creado los Premios Nacionales del Voluntariado, enmarcado en el Plan Estatal del Voluntariado 2005-2009, con el fin de reconocer el esfuerzo de personas f�sicas o jur�dicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoci�n del voluntariado social, o en la ejecuci�n de actividades o programas sociales a favor de los colectivos desfavorecidos, a trav�s del ejercicio o gesti�n del voluntariado. La normativa y bases de este premio aparece en el BOE del viernes 28 de septiembre de 2007, en cuyo anexo figuran las bases para la presentaci�n de candidaturas del presente a�o. A continuaci�n se reproduce el texto aparecido en el BOE acerca de la creaci�n de estos nuevos galardones: Periodicidad y bases de la convocatoria de los premios. Los premios se convocar�n anualmente, mediante resoluci�n de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, conforme a las bases que figuran en el anexo I de la presente orden. Art�culo 4. Contenido de los premios. 1. En cualquiera de sus dos categor�as y modalidades establecidas, los premios consistir�n en una medalla aleg�rica de la solidaridad voluntaria, y en un certificado o diploma de reconocimiento. 2. Los premios especiales y/o las menciones honor�ficas consistir�n en un certificado o diploma de reconocimiento. Art�culo 5. �rgano concedente. Los premios se conceder�n por resoluci�n de la Secretar�a de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, seg�n la valoraci�n efectuada por la Comisi�n de Valoraci�n de los Premios, a la que se refiere el anexo I de esta orden ministerial. Art�culo 6. Financiaci�n de los premios. La concesi�n de los premios previstos en esta orden no podr� suponer incremento de gasto p�blico, debiendo ser atendida con cargo a los cr�ditos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Disposici�n adicional �nica. Convocatoria 2007. Se convocan para el a�o 2007 los Premios Estatales al Voluntariado, conforme a las bases que se contienen en el anexo I de esta orden. Disposici�n final �nica. Entrada en vigor. La presente orden ministerial entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el �Bolet�n Oficial del Estado�. Madrid, 26 de septiembre de 2007. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jes�s Caldera S�nchez-Capit�n.
(REDACCI�N EIP) |
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