Bolet�n de Noticias

 

 

VER M�S TITULARES

La Asociaci�n de Profesionales del Ceremonial de la Rep�blica Argentina ratifica el C�digo Deontol�gico de la profesi�n

- La Reuni�n Ordinaria Mensual del Consejo Directivo de la agrupaci�n hispanoamericana se adhiri� al texto que se aprob� en Asamblea General de la OICP en noviembre de 2006 en Zaragoza

 

 [8 de septiembre de 2007]

 

La Asociaci�n de Profesionales del Ceremonial de la Rep�blica Argentina (APCRA) ratific� recientemente el texto aprobado por la Asamblea General de la OICP sobre el C�digo Deontol�gico de la Profesi�n. En la Reuni�n Ordinaria Mensual del Consejo Directivo de APCRA consideraron el texto que se aprob� en la �ltima reuni�n plenaria de la OICP, en noviembre de 2006 en la ciudad de Zaragoza, para que todos sus asociados del pa�s hispanoamericano respeten dicho c�digo �tico que ofrece un marco normativo mundial para regular el desempeno profesional de todas las asociaciones, entidades o integrantes de cada una de ellas en la disciplina del protocolo y el ceremonial.

A continuaci�n reproducimos el C�digo Deontol�gico para la Profesi�n:

 

C�digo Deontol�gico de la Organizaci�n Internacional de Ceremonial y Protocolo para la profesi�n de Protocolo

Aprobado por la Asamblea General celebrada en
Zaragoza el d�a 26 de noviembre de 2006

 

PRE�MBULO

(Exposici�n de motivos)

Officii frutus sit ipsum officium

(Que el premio del deber sea el deber mismo)

El ejercicio profesional del Protocolo es una de las m�s antiguas actividades de la Humanidad,  ya que en los albores de la sociedad organizada, los ritos, los h�bitos, las costumbres, los usos sociales y las normas de conducta aparecen tempranamente. Antes de la promulgaci�n de los primeros c�digos jur�dicos que organizaban la vida de los hombres y tasaban los efectos de vulnerarnos, antes incluso de que aparezca el concepto de norma moral, desprendida de las primeras creencias religiosas, cualquier agrupaci�n social se fue dotando de reglas de organizaci�n, conducta y comportamiento pr�ctico.

En estas primeras reglas encontramos el camino del sentido de lo correcto a lo largo de la historia. No en vano, en nuestros d�as, las normas de protocolo responden al triple planteamiento de costumbres y usos sociales (normas sociales), reglas jur�dicas (normas jur�dicas) y normas �ticas o modos correctos de hacer las cosas, conforme el com�n consenso de la llamada moral social.

El concepto de profesi�n en sus or�genes posee una importante reminiscencia religiosa: la idea de misi�n encomendada por Dios, seg�n la cual el hombre ha de seguir su llamada (vocaci�n) en las tareas espec�ficas de su circunstancia laboral, impregn�ndola de un fuerte car�cter moral.

Las profesiones deben entenderse como una particular manera de ser y de actuar, como un Ethos moral, al que, desde los c�digos profesionales, cabe exigirle determinados comportamientos, que a su vez han de convertirse en h�bitos que, a la larga, se conviertan en los actitudes habituales y significativas de una profesi�n. En este sentido, el c�digo de deontolog�a ensena la manera �tica de ejercer una profesi�n de manera ordinaria o cotidiana.

El modo deontol�gico de ejercer una profesi�n lo determinan el conjunto de las normas �ticas objetivas de cada colectividad profesional, independientemente del grado de positivizaci�n a que hayan llegado, bien sean normas de rango legal estatutario de las organizaciones profesionales; normas convencionales, incorporadas o no a los convenios, o meros principios, aceptados com�nmente. En sentido estricto, las normas deontol�gicas se reducen a una serie de disposiciones, de menor grado de positivizaci�n, no sancionadas por el Estado.

Normas deontol�gicas son el conjunto de reglas que regulan el comportamiento �tico de unos profesionales, quienes para serlo y por serlo han de asumirlas y respetarlas.

Es su propia conciencia, ante todo, y en su caso, los �rganos colegiados, dotados de dispositivos adecuados, los medios de respuesta para definir y precisar los comportamientos �ticos, conforme al C�digo Deontol�gico de cada profesi�n.

No obstante, conviene precisar que las sociedades democr�ticas no admiten f�rmulas del pasado como tribunales de honor ni �rganos dotados de capacidad sancionadora en este �mbito, donde la propia conciencia y el reconociendo social del desenvolviendo �tico del profesional han de garantizar la efectividad de las normas deontol�gicas y el correcto proceder profesional o Lex Artis.

En ese �mbito profesional los principios �ticos adquieren especial relevancia. La aceptaci�n de postulados de �tica general, persiguen unos objetivos m�s concretos y limitados: el establecimiento de normas y pautas de conducta profesional que tiendan a garantizar una actuaci�n honesta en inter�s de quienes demandan los servicios profesionales y de la propia colectividad o corporaci�n profesional.

La deontolog�a es esencialmente la teor�a del deber.

El concepto de deontolog�a profesional se remite a principios �ticos asumidos expl�citamente por una profesi�n determinada (tradicionalmente de car�cter liberal y rango universitario). Dichos principios, formulados a modo de normas o leyes intraprofesionales o agrupados en C�digos Deontol�gicos, constituyen los "deberes" que ha de observar cada profesional en el ejercicio de su profesi�n.

La deontolog�a profesional ha acabado por desarrollar su �mbito propio que, sin inscribirse estrictamente en el �mbito de las ciencias jur�dicas, ha de tener en cuenta, ante todo, la inspiraci�n �tica que la fundamenta y formularse positivamente para conseguir resultados pr�cticos, que es, en definitiva, lo que persigue. El prestigio y la autoridad que suele unirse al ejercicio de una profesi�n liberal supone en el interesado la presencia de dos condiciones: una competencia t�cnica reconocida y una moral indiscutible.

La deontolog�a profesional se nutre de las costumbres y buenos usos tradicionales de una profesi�n, de la jurisprudencia de los tribunales, del ambiente moral de la sociedad y de las propias exigencias de �sta.

 

I. PRINCIPIOS Y REGLAS DE CONDUCTA

1.        El profesional del Protocolo asume como valores fundamentales de su actividad los Principios de la Carta de las Naciones Unidas, la Declaraci�n Universal de los Derechos Humanos y los pactos, acuerdos, protocolos, convenios, c�digos de �tica y el conjunto del sistema de valores que, a partir de aqu�llos definen y rigen la sociedad internacional.

2.        El profesional del protocolo asume como valores preferentes los que constituyan los fundamentos del ordenamiento constitucional de la sociedad donde desenvuelva su labor, siempre en sinton�a con los principios de las Naciones Unidas y la sociedad internacional.

3.        El profesional del Protocolo entiende que su actividad debe contribuir al mejor conocimiento de los hombres y las culturas, al desarrollo de la sociedad moderna, a partir del respeto por la cultura y las particularidades de todos los pueblos, que han de ser tenidos en cuenta siempre en sinton�a con los anteriores principios arriba expresados.

4.        En este sentido, tendr� especial sensibilidad para combinar los requisitos, usos, costumbres y modos de hacer de las diversas culturas, evitando todo tipo de colisiones entre las manifestaciones externas de aqu�llas.

5.        El profesional del Protocolo entiende su actividad como una forma vigorosa de comunicaci�n en orden a obtener la calidad y la excelencia m�xima en la organizaci�n, desarrollo y ejecuci�n de las actividades de la sociedad moderna.

6.        El profesional del Protocolo asume, pues, los principios de la tolerancia, el respeto y la convivencia entre culturas, no obstante destacando siempre el respeto a los Derechos Humanos y los principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas.

7.        El profesional del Protocolo respetar� escrupulosamente las normas de car�cter jur�dico que le afecten en el desarrollo de su actividad; compaginar� los usos y las costumbres de las diversas comunidades con las exigencias de aqu�llas o la conveniencia de cada caso, y se atendr� a las pautas sociales que est�n vigentes en la sociedad donde se desenvuelva;si bien, tendr� en cuenta el car�cter laico de la sociedad moderna, en el �mbito civil,  sin olvidar el respeto a todas las creencias religiosas.

8.        En caso de conflicto, el profesional del protocolo debe evaluar el alcance de sus actos conforme la prevalencia de los valores a preservar, de acuerdo con este c�digo. No obstante, nunca tratar� de imponer sus criterios sino de exponerlos para convencer y debatir, dot�ndose siempre de los medios adecuados para esta tarea.

9.        El protocolo no es una ciencia exacta, sino una herramienta de la sociedad para el mejor ordenamiento de sus propias actividades p�blicas en los �mbitos oficiales, profesionales, corporativos, empresariales, institucionales y privados. En consecuencia, el profesional de protocolo, salvados siempre los irrenunciables principios que informan este c�digo, actuar� con tacto, delicadeza, inteligencia y sentido de la medida, a la hora de solventar situaciones controvertidas.

10.    A�n en caso de conflicto, no perder� la calma. La palabra y el ejemplo,  la paciencia, la tolerancia, la comprensi�n y el respeto al discrepante ser�n sus mejores medios de convicci�n.

 

II. LEX ARTIS (PRINCIPIOS DE ACTUACI�N)

11.    El profesional del protocolo nunca utilizar� en beneficio propio aquellas relaciones que trajeran causa de su actividad profesional ni tratar� de obtener beneficio propio de cualquier otra circunstancia relacionada con su trabajo, contactos o relaciones.

12.    El profesional de Protocolo actuar� siempre con lealtad a las entidades u organizaciones a las que sirva o requieran sus servicios.

13.    El profesional del Protocolo mantendr� siempre una actitud abierta, cooperadora, no dogm�tica y dispuesta al di�logo con sus colegas, especialmente en los casos de confluencia de organizaciones en un evento, que exija actuaciones y toma de decisiones colegiadas, por consenso o convicci�n.

14.    El profesional del Protocolo ser� leal con sus colegas y se avendr� a f�rmulas transaccionales, de di�logo, pacto y diplomacia cuando la ocasi�n o la controversia surgida lo requieran.

15.    El profesional de Protocolo se conducir� siempre con honestidad, sabr� guardar la confidencialidad exigida por su actividad y emplear� siempre m�todos dignos en orden a obtener sus objetivos.

16.    La actividad del Profesional del Protocolo deber� estar guiada siempre por el respeto a la dignidad del Hombre y de todos los ciudadanos, con independencia de su raza, nacionalidad, sexo, cultura, religi�n, nivel econ�mico o situaci�n personal.

17.    El profesional del Protocolo entender� que su actividad no es un fin en s� mismo, sino una ciencia al servicio de la comunicaci�n humana, las relaciones sociales y el perfeccionamiento de la sociedad.

18.    El comportamiento del profesional de Protocolo debe ajustarse, en todas las circunstancias a merecer la confianza de aquellos con quienes se encuentre en contacto. Se somete,  por tanto, al principio del secreto profesional. Nunca podr� utilizar en beneficio propio la informaci�n confidencial que, llegado el caso, pudiera llegar a poseer.

19.    Debe respetar sus compromisos, acuerdos y la palabra dada. Su actuaci�n no debe crear nunca confusiones y, llegado el caso de producirse alguna, deber� rectificar con rapidez y eficacia.

20.    La actividad del profesional del Protocolo debe realizarse abiertamente y ser en todo momento identificable. No obstante, su papel es de absoluta discreci�n sin que le corresponda protagonismo alguno en los eventos en los que participe o colabore.

21.    El profesional del Protocolo no podr� aceptar otra remuneraci�n, favores, regal�as, compensaciones o vi�ticos por su trabajo que aqu�llas que correspondan a la contraprestaci�n (salario u honorarios) previamente pactados por sus servicios.

22.    Cualquier actuaci�n que contraviniere lo contenido en este c�digo deber�a ser inmediatamente abandonada. En este sentido, debe negarse a realizar cualquier pr�ctica que atente contra estos principios o los del conjunto de la profesi�n.

23.    El profesional del Protocolo debe actuar con especial responsabilidad y rigor en el caso situaciones que puedan suponer discriminaciones por razones de sexo, raza, creencia o extracci�n  social y cultural.

 

III. CONSIDERACIONES FINALES

24.    En toda circunstancia y lugar, el profesional del Protocolo actuar� siempre con la ponderaci�n, el equilibrio y la decencia de un caballero o una dama. Tratar� de convencer antes que de imponer.

25.    En cualquier situaci�n de controversia o choque de criterios con otros colegas, sin perder la perspectiva general del acto o evento a organizar, estar� abierto a la negociaci�n, el pacto, la transacci�n y la tolerancia.

26.    A partir del permanente respeto a todas las culturas, el profesional del Protocolo considerar� infranqueables los l�mites de la dignidad humana que emanan de la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos.

27.    Toda decisi�n o propuesta que adopte o formule ser� siempre fruto del conocimiento, la reflexi�n y deber� ser adecuadamente fundamentada y documentada.

28.    El Profesional del Protocolo asumir� el deber de la formaci�n permanente y la actualizaci�n de sus conocimientos como exigencia de su actividad. Asimismo, se dotar� en cada ocasi�n de los medios de apoyo, documentaci�n y consulta que sus actuaciones requieran, que ser�n al mismo tiempo medios de refuerzo y convicci�n ante situaciones controvertidas.

29.    El profesional del Protocolo renuncia a todo protagonismo y su presencia deber� notarse, pero no advertirse en todos los eventos que organice, dirija, asesore o controle.

30.    La conducta �tica, conforme a la pauta y el sistema de valores que conforman la convivencia  en la sociedad civilizada, deber� constituir en si misma la mejor recompensa para el profesional del Protocolo que la asuma como base de su proceder cotidiano. No esperar�, pues, otro reconocimiento, otro favor, otro agradecimiento que el saber que hace las cosas como deben ser hechas.


Pinche AQU� para descargar el documento completo en PDF

 

 

VER M�S TITULARES

   
   
EIP. [email protected] · Calle Duque de Alba 15- 1o ! 28012 Madrid ! 91 310 18 03