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El BOE publica una orden de regulaci�n de los uniformes del Cuerpo Nacional de Polic�a |
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- Entre la nueva normativa, que deroga a las anteriores, se encuentra un listado minucioso de los componentes que conforman la indumentaria de trabajo, la de gala de representaci�n y la de gran gala, siendo esta �ltima de utilizaci�n no obligatoria |
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[23 de julio de 2008] |
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La ORDEN INT/2160/2008, de 17 de julio publicada en el BOE del 23 de mismo mes establece una regulaci�n de determinados aspectos de la uniformidad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Polic�a. Esta nueva normativa deroga las anteriores, fechadas en 1989 y 1992. La justificaci�n que da el BOE para la citada regulaci�n es el tiempo transcurrido desde la implantaci�n de la referida Uniformidad, con la aprobaci�n de las �rdenes vigentes anteriormente, la experiencia acumulada en el uso de las diferentes prendas y modalidades de uniformes, la existencia en el mercado de nuevos materiales para la confecci�n de prendas de vestir y la necesidad de que los componentes del uniforme constituyan un elemento que contribuya a la prevenci�n de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios que vienen obligados a utilizarlos, constituyen factores que exigen que se proceda a una adecuaci�n de la uniformidad de los mencionados funcionarios, que si bien mantenga los rasgos y caracter�sticas de la imagen visual ya consolidada, incorpore aquellos elementos que contribuyan a mejorar la operatividad y funcionalidad de la misma. Este mismo reglamento establece tres grados de uniformes. Por una parte, el de trabajo, que est� compuesto por los siguientes elementos:
Por otra parte, tambi�n establece como ser� el nuevo uniforme de gala de representaci�n, que se vestir� en los actos oficiales y p�blicos que as� lo exijan y en las actividades policiales de marcada significaci�n en las que as� se determine por la Direcci�n General de la Polic�a y de la Guardia Civil, y estar� constituido por las prendas que se indican a continuaci�n:
Por �ltimo, el uniforme de gran gala no ser� de utilizaci�n obligatoria, pero en el supuesto de usarse en actos oficiales o sociales deber� atenerse al diseno y prescripciones de la presente Orden. Estar� constituido por las prendas que se indican a continuaci�n:
Adem�s de la citaci�n de los componentes, el BOE detalla punto por punto la descripci�n de cada uno de ellos, adem�s de los usos que hay que darle a cada tipolog�a. Si quiere consultar esta normativa completa en el BOE, puede descargarla en formato PDF a trav�s del siguiente enlace (pinche para descargar) (REDACCI�N EIP) |
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