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El Tribunal Supremo ordena a las Juntas Generales de Guip�zcoa hacer ondear la bandera de Espana

- La sentencia obliga a cumplir la Ley de Bandera de 1981, en la que se regula la colocaci�n y ordenaci�n del emblema nacional en todos los edificios p�blicos

 

 [13 de octubre de 2008]

 

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia en la que ordena a las Juntas Generales de Guip�zcoa cumplir la llamada Ley de Banderas de 1981, que obliga a las instituciones estatales, auton�micas, provinciales o municipales a hacer ondear la ensena nacional en sus edificios p�blicos. La sentencia de la secci�n cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desestima el recurso de casaci�n presentado por las Juntas Generales de Guip�zcoa en contra de una anterior sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pa�s Vasco (TSJPV) que instaba a la administraci�n foral a acatar la Ley de Banderas.

En su argumentaci�n, el Tribunal Supremo subraya que el contenido de la ley es taxativo sobre la obligaci�n "permanente" de hacer ondear la bandera de Espana en los edificios p�blicos. Obligaci�n que "no admite interpretaciones" sobre el deber de ondear "diariamente" la ensena nacional en el mismo lugar en el que las Juntas tengan instalados sus s�mbolos de representaci�n.

El Supremo recuerda que el Tribunal Superior Justicia del Pa�s Vasco ya se ha pronunciado en anterior sentencias sobre la obligatoriedad de colocar la bandera en todos los edificios p�blicos sea cual sea la instituci�n concernida. En el escrito, el tribunal destaca adem�s que las Juntas Generales de Guip�zcoa no han negado "de forma contundente" los hechos, por lo que la Sala considera "acreditada la pasividad de la administraci�n" en el cumplimiento de la Ley.

"La lealtad procesal y el respeto de las reglas de la buena fe conciernen tambi�n a las administraciones p�blicas, las cuales deben expresar de forma clara, sin evasivas, su posici�n sobre los hechos reflejados en la demanda que se dirija contra ellas", asegura el Supremo. Al declarar que no ha lugar el recurso de casaci�n, el Supremo condena a las Juntas Generales de Guip�zcoa al pago de las costas, que "teniendo en cuenta la entidad del proceso y la dificultad del mismo", senala en 3.000 euros para el letrado de la entidad recurrida.
(EFE)

 

 

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