El Diputado D.
Celso Delgado Arce de la provincia de Ourense perteneciente al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
art�culo 185 y ss. del Reglamento de la C�mara, tiene el honor de formular
la siguiente pregunta de la que desea obtener respuesta por
escrito:
En la pasada
legislatura este diputado, concretamente el 9 de mayo de 2007, formulaba
al Gobierno una pregunta sobre si la vigente normativa reguladora del
Protocolo Oficial de Espana estaba respondiendo adecuadamente a la
nueva realidad institucional del Estado y a las nuevas pr�cticas
organizativas,
El Gobiemo con
fecha 7 de junio respond�an ''Han pasado m�s de veinte anos desde la
promulgaci�n del Real Decreto 2099/ 1.983, por el que se aprob� la vigente
Ordenaci�n General de Precedencias, que a�n hoy sigue siendo la norma de
referencia indiscutible en materia de Protocolo Oficial. Nadie duda de las
virtudes de esta norma, ciertamente innovadora en su momento, ni del vac�o
que en su d�a vino a colmar. No obstante, la profunda transformaci�n del
Estado y el progresivo desarrollo y consolidaci�n de nuestro modelo
constitucional, especialmente en lo que al �mbito auton�mico y local se
refiere, han motivado que expertos y profesionales vengan reclamando en
los �ltimos anos la conveniencia de actualizar y revisar dicha norma,
tanto en lo que respecta a alguno de los principios que la inspiran como
al elenco de cargos, en algunos casos de indiscutible relevancia, que han
aparecido o han quedado suprimidos desde la fecha de su promulgaci�n. Por
otra parte; la incorporaci�n de Espana a la Uni�n Europea introduce
tambi�n nuevos elementos que, obviamente, no pudo prever el Real Decreto
de 1983: colocaci�n de autoridades de la Uni�n Europea cuando concurren
con autoridades espanolas, incorporaci�n de la bandera europea junto a la
espanola en la simbolog�a de nuestras instituciones, futuras figuras
previstas en la Constituci�n Europea - cualquiera que sea el formato que
finalmente adopte-, como la de Presidente de la UE y del Ministro de
Asuntos Exteriores de la Uni�n, etc, por tanto, la actualizaci�n del Real
Decreto 2099/ 1983, podr�a considerarse conveniente-No obstante, se trata
de un asunto complejo, que no debe ser guiado por la precipitaci�n, ni
menos a�n, por consideraciones meramente coyunturales. Por el contrario,
cualquier proceso de reforma, debe estar basado en el consenso m�s amplio
posible entre todos los que, especialmente en el �mbito oficial, pero
incluso fuera de �l -por ejemplo, en el terreno acad�mico- ejercen
responsabilidades en este �mbito y elegir la atm�sfera y el momento
pol�tico m�s oportuno. Junto a estas consideraciones, y apoyando las tesis
que propugnan cautela al respecto, hay que tener en cuenta que tanto el
proceso de desarrollo y consolidaci�n de nuestro modelo territorial como,
especialmente, el de la Uni�n Europea, se encuentran a�n abiertos y
sometidos a modificaciones de envergadura"
Todas las
asociaciones que agrupan a los especialistas en Protocolo que hay en
Espana se siguen hoy manifestando en el sentido de que es inaplazable la
actualizaci�n de diferentes normativas, en especial el Real Decreto
2099/1983, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General
de Precedencias en el Estado.
Ciertamente la
reforma debe buscar el consenso y recabar la opini�n de estos
profesionales del protocolo y a esos efectos sugerimos al Gobierno la
creaci�n de una Comisi�n T�cnica que asesore al ejecutivo de modo que la
nueva normativa tenga la calidad exigible y resuelva la amplia
casu�stica existente.
?Considera
conveniente el Gobierno proceder a una reforma que permita la
actualizaci�n del Real Decreto 2099/1983, que regula la Ordenaci�n General
de Precedencias en Espana?