Boletín de Noticias

 

 

VER MÁS TITULARES

El Ejército de Espana propone modificar el reglamento de condecoraciones para incluir pensiones vitalicias en determinados casos

- En concreto, se solicita que todos aquellos miembros de las Fuerzas Armadas que sean distinguidos con la medalla con distintivo rojo perciban una renta de por vida, al igual que ocurre en la Policía Nacional y la Guardia Civil

 

 [14 de enero de 2008]

 

El Ejército de Tierra propone modificar el reglamento general de recompensas militares para que los miembros de las Fuerzas Armadas que sean distinguidos con la medalla con distintivo rojo perciban pensión vitalicia, como ocurre ahora en la Policía y la Guardia Civil, según han revelado a Efe fuentes militares.

Esta es una de las propuestas aprobadas por el Consejo Asesor del Ejército de Tierra, órgano con representación de todos los empleos del Ejército, en su última reunión, y que ya ha sido elevada el Jefe del Estado Mayor del Ejército (JEME), general Carlos Villar, para su estudio y traslado al ministro de Defensa, José Antonio Alonso.

Fuentes militares han indicado que la propuesta concreta que la percepción económica para los condecorados con la cruz del mérito militar con distintivo rojo sea de igual cuantía que la otorgada para las mismas condecoraciones en la Guardia Civil. En este sentido, el Consejo Asesor ha planteado esta iniciativa para evitar la discriminación de los miembros de las Fuerzas Armadas en relación al tratamiento de recompensas con percepción económica que por los mismos hechos y acciones se concede a los efectivos de la Policía Nacional y Guardia Civil.

Las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, con distintivo rojo, se conceden al personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, cuando hayan realizado acciones, hechos o servicios contemplados en los artículos 36 y 37 del Reglamento General de Recompensas Militares y en el Real Decreto 970/2007, de 13 de junio, que contiene modificaciones en este ámbito.

Defensa concede la cruz con distintivo rojo por fallecimiento en acto de servicio de los miembros que participan en misiones en el exterior como consecuencia de acciones violentas de elementos hostiles, como atentados con explosivos o minas. Sin embargo, con la actual normativa, sólo los integrantes del Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil pueden recibir estas recompensas con pensión vitalicia.

El Consejo Asesor del Ejército de Tierra fue constituido en enero de 2003, y al igual que los de la Armada y el Ejército del Aire, es un órgano colegiado encargado de analizar y valorar las indicaciones en materias referidas al régimen de personal y a la condición de militar.
(EFE / REDACCIÓN EIP)

 

 

VER MÁS TITULARES

   
   
EIP. [email protected] · Calle Duque de Alba 15- 1o ! 28012 Madrid ! 91 310 18 03