Bolet�n de Noticias

 

 

VER M�S TITULARES

La Comunidad de Madrid aprueba el escudo her�ldico y la bandera municipal de Fuenlabrada

- La medida fue aprobada en el Consejo de Gobierno madrileno tras el informe favorable de la Real Academia Matritense de Her�ldica y Genealog�a

 

 [8 de mayo de 2009]

 

La Comunidad de Madrid aprob� ayer, en su reuni�n semanal del Consejo de Gobierno, la autorizaci�n al Ayuntamiento de Fuenlabrada para adoptar el escudo her�ldico y la bandera municipal, una vez obtenido el informe favorable de la Real Academia Matritense de Her�ldica y Genealog�a. Este acuerdo se alcanza tras la petici�n realizada por el Ayuntamiento de esta localidad a la Direcci�n General de Cooperaci�n con la Administraci�n Local, dependiente de la Consejer�a de Presidencia Justicia e Interior y responsable de la gesti�n de estos asuntos.

Seg�n el informe aprobado, la bandera ir� cortada horizontalmente por la mitad, de blanco la parte superior y de azul la inferior. En el centro va situado el escudo municipal dentro de un c�rculo blanco. Se prev�, adem�s, el diseno de dos banderas para su distinta utilizaci�n: "Una con el escudo her�ldico, reservada para actos solemnes, y otra que incluye el s�mbolo logotipado del municipio, para un uso m�s habitual y que representa los valores que se quieren transmitir del municipio: modernidad, eficacia y cercan�a", explic� el portavoz regional, Ignacio Gonz�lez, en rueda de prensa.

Seg�n la tem�tica de los escudos, que se subdividen en cuarteles, el orden de lectura de los mismos depende de la forma que adopte sudivisi�n. En el caso del escudo de Fuenlabrada, �ste se divide en dos cuarteles horizontales iguales. El escudo her�ldico trae por armas el escudo de la Villa de Fuenlabrada: un campo cortado.

El primero, de azur, una fuente de plata, s�mbolo del partido de Castilla. El segundo, de oro una pira de azur de cinco piezas, con brochante sobre ella de dos ramos de olivo de sinople cruzadas en sus extremos, que simbolizan la paz. Al timbre, la corona real de Espana.

La adopci�n por una entidad local de la Comunidad de Madrid de una bandera o escudo municipal, su modificaci�n o la rehabilitaci�n de los que hist�ricamente le correspondan, se articula seg�n lo previsto en la Ley de Administraci�n Local de la Comunidad de Madrid. Todo ello conforme a las leyes de la Her�ldica y la Vexilolog�a, para lo que se cuenta con informes de la Real Academia de Historia y de expertos asesores de Her�ldica de la Comunidad de Madrid. (EUROPA PRESS)

 

 

VER M�S TITULARES

   
   
EIP. [email protected] · Calle Duque de Alba 15- 1o ! 28012 Madrid ! 91 310 18 03